Los autónomos colaboradores tienen pleno derecho al pago único de la prestación por desempleo.

Así lo establece el TS en una sentencia en la que corrige la interpretación restrictiva que venía aplicando el SEPE para quienes deciden abandonar las listas del paro para incorporarse al negocio de un familiar. Los magistrados explican que la ley busca el fomento del autoempleo y recuerdan que no existe ninguna exclusión legal expresa que impida a un familiar colaborador acceder a esta modalidad de cobro de la prestación. Hasta ahora, la doctrina judicial sobre este asunto era contradictoria. Esta nueva sentencia unifica la doctrina y establece que el espíritu de la norma es facilitar que el desempleado se incorpore al mercado laboral, sin que el parentesco con el titular del negocio deba ser un obstáculo.

Data publicació: 19/05/2026

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