En una sentencia, consideran los jueces que la normativa sólo permite a las organizaciones sindicales conocer los valores salariales medios de los trabajadores, así como los complementos y percepciones extrasalariales, sin que se pueda identificar de manera individual la retribución que percibe cada empleado. Concluye la Sala de lo Social de la AN recordando que el Estatuto de los Trabajadores actual, que fue reformado en 2021 para incluir la obligatoriedad de contar con el registro salarial, "obliga a incluir en el registro los valores medios salariales y no los individuales".