Las liquidaciones del impuesto de plusvalía municipal son recurribles, incluso cuando ya sean firmes, siempre que el contribuyente pueda demostrar que el inmueble no aumentó de valor en la operación. Se trata de una cuestión que podría afectar a miles de contribuyentes, y que ha quedado así establecida por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria del pasado abril. El fallo corresponde al caso de un contribuyente que solicitó la devolución como ingresos indebidos del IIVTNU que había pagado por la transmisión de un inmueble en 2021. El Ayuntamiento de Santander denegó esta solicitud, alegando que la liquidación del impuesto ya era firme. Sin embargo, el contribuyente recurrió la decisión, aportando las escrituras de la herencia y los documentos de la compraventa que acreditaban que, lejos de haberse incrementado, el valor del inmueble había caído.